EL UNICO DOCUMENTO VALIDO DESDE EL PUNTO DE VISTA CLINICO LEGAL ES LA HISTORIA CLINICA, DE MODO TAL QUE LA PREVENCION Y CUIDADOS DE LAS UPP DEBE QUEDAR REGISTRADO EN LA MISMA.
Los documentos de enfermería de la Historia Clínica son:
El Proceso de Atención de Enfermería, se concreta en documentos inherentes al Proceso Asistencial:
Valoración.
Tratamiento.
Evolución e Informe de Enfermería al Alta.
Cada Centro Hospitalario , Institucion Geriatrica, o Centros de Cuidadores
Debe registrar tanto las actividades Preventivas como Curativas, en las hojas diseñadas para tal finalidad y que con su posterior inclusión en la Historia Clínica, posibilitará integrar en un solo registro toda la información referente a los cuidados de la UPP de los pacientes.
SOLO CON ESTA RECOPILACION DE DATOS PODREMOS EFECTUAR TRABAJOS CIENTIFICOS Y ESTADISTICAS REFERENTES.-.
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